lunes, enero 15, 2007

Incorpore sabiamente

Por Luis José Juarbe Chaves / Especial para Negocios
Entre las resoluciones para el nuevo año muchas personas incluyen iniciar un negocio. Uno de los aspectos más básicos es determinar su estructura legal. Aunque existen muchas opciones, las estructuras más comunes son la de corporación y Doing Business as (DBA) ó Haciendo negocios como.
En el DBA, usted es responsable, en su carácter personal de todo lo relacionado con el negocio, incluyendo demandas y otras reclamaciones. Su ventaja principal es que no se requiere ninguna formalidad para constituirse. Sin embargo, debe asesorarse sobre los permisos que tiene que obtener para hacer negocios en Puerto Rico, como individuo.
Es recomendable que de todas formas registre el nombre comercial y/o marca en el Departamento de Estado para evitar que otra persona utilice el mismo nombre y se cree confusión entre el público.
Por otra parte, la corporación tiene personalidad jurídica independiente de sus accionistas (dueños). Aunque usted sea el único accionista y representante legal, la corporación es un ente aparte que tiene ciertos derechos otorgados por la ley, puede demandar y ser demandada, tener cuenta de banco, entre otros.
Para mantener esa independencia entre la corporación y sus accionistas, es necesario que se cumplan con una serie de formalidades para proteger sus bienes personales en caso de una reclamación.
Para que se constituya una corporación, debe registrarse como tal en el Departamento de Estado llenando el formulario de incorporación. Eso constituye la base para establecer los estatutos o reglamento y cómo se llevarán los asuntos corporativos. Luego de la incorporación, procede la primera reunión de incorporadores o directores, los cuales en dicha reunión seleccionan los oficiales: presidente, tesorero y secretario, aprueban los estatutos corporativos, emiten los certificados de acciones y autorizan a establecer una cuenta de banco.
Es muy importante que se lleven por escrito las minutas de las reuniones anuales, así como otras reuniones donde se tomen decisiones que tengan que ser tomadas por los directores o los accionistas. Estas actas se deben incluir en una carpeta conocida como libro de actas, el cual deberá contener además el certificado de incorporación, los estatutos, convocatorias, resoluciones corporativas, etc.
Analice las opciones de estructuras disponibles y decida cuál se ajusta mejor a sus necesidades particulares, objetivos, industria o servicios que ofrezca.
* El autor posee un juris doctor de la Universidad de Puerto Rico, es consultor de negocios y presidente la casa productora Ai-Ris Communications, Inc. Este tema de las corporaciones y el DBA se analizarán más a fondo en un seminario que se llevará a cabo el 3 de febrero de 2006. Para más información puede comunicarse al (787) 641-6405 o a luisjose.j@gmail.com

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